Dólar agro a $340: el Gobierno oficializó la medida y explicó las razones de la nueva cotización

 Dólar agro a $340: el Gobierno oficializó la medida y explicó las razones de la nueva cotización

El Gobierno publicó el decreto que establece el dólar agro a $340 hasta el 31 de agosto. ¿Qué dice la reglamentación?

El gobierno aumentó el dólar agro a $340 con el objetivo de acelerar la liquidación de divisas de las economías regionales. Así lo confirmó este lunes mediante la publicación del Decreto 378/2023 en el Boletín Oficial, con la firma de todos los ministros del gabinete nacional.

De este modo, el dólar agro pasó de $300 a una cotización de $340 hasta el 31 de agosto. La medida alcanza al listado de economías regionales y productos que salieron en el dólar agro de mediados de abril.

Sin embargo, todavía se espera la resolución del Ministerio de Agricultura que indique cuáles son los productos alcanzados, como la incorporación del maíz, tal como el Gobierno adelantó ayer.

“El Banco Central de la República Argentina establecerá los mecanismos para que los sujetos que, en el marco de la adhesión a las disposiciones del Capítulo II del Decreto Nº 194/23, por las mercaderías allí comprendidas, liquiden las divisas hasta el 31 de agosto de 2023, inclusive, incluidos los supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación de exportaciones del exterior o un anticipo de liquidación, perfeccionen dicha operatoria a $340 por cada dólar estadounidense”, dice la normativa.

La norma explica que el Programa de Incremento Exportador (PIE) termina, tal como estaba previsto, el 31 de agosto, y aclara que para las operaciones que en ese marco requieren DJVE (Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior) “su registración y el pago de las obligaciones respectivas, deberán perfeccionarse hasta el 30 de noviembre de 2023”.

Dólar agro a $340: las razones del Gobierno sobre el nuevo tipo de cambio

El Decreto detalla en sus considerandos que el Gobierno fija políticas cambiarias y comerciales externas orientadas a aumentar las exportaciones, “siempre respetando el interés público, para asegurar el abastecimiento del mercado interno y fortalecer las reservas”.

Y añade que si bien el dólar agro (en un primer momento llamado dólar soja) se creó de manera “extraordinaria y transitoria”, esta versión ya es la cuarta del programa de incremento exportador que se fue ampliando a las economías regionales.

“El aumento en la oferta de divisas contribuye a aliviar el impacto negativo en las importaciones locales por la suba en los precios de combustibles y la energía que afecta severamente la disponibilidad de reservas externas, considerando el contexto internacional actual”, justifica la normativa.

“Es necesario continuar la implementación de políticas que tiendan al fortalecimiento de las reservas del Banco Central de la República Argentina, estimulando la generación de ingresos genuinos del Estado Nacional, producto de la exportación de mercaderías con baja incidencia en las cadenas de valor de abastecimiento nacional”, agrega.

A su vez, se menciona la sanción del decreto del dólar agro de $340 dentro de un paquete de medidas “rápidas, eficaces y acotadas en el tiempo, considerando el contexto de excepcionalidad de los acontecimientos”.

Dólar agro a $340: ¿Qué dice la reglamentación?

El Decreto 378/2023 establece la reglamentación del dólar agro a $340. Entre las medidas, señala que el BCRA instrumentará los mecanismos necesarios para que el resultado de toda liquidación de divisas que se concrete en el marco del presente Programa sea, a opción del exportador:

  • acreditado en una cuenta especial cuya retribución se determine en función de la evolución del tipo de cambio de referencia de la Comunicación “A” 3500 de la mencionada entidad, pudiendo quedar abiertas sin fecha de vencimiento
  • aplicado a la suscripción directa de Letras Internas del BCRA en dólares liquidables en pesos por el Tipo de Cambio de Referencia de la Comunicación “A” 3500 (LEDIV). Toda prefinanciación y/o anticipo de exportaciones podrá aplicarse para realizar compras de mercaderías que se encuentran autorizadas por este decreto y sus normas complementarias.

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